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El BCRA realiza un ajuste en sus normas sobre Posición global neta de moneda extranjera. En este caso, se resuelve considerar admitido el exceso respecto del límite previsto en el punto 2.2. de estas normas que las entidades financieras verifiquen desde el 7/5/18, sin superar lo menor entre ese exceso y su posición en Letras del Tesoro Nacional en dólares, ambos medidos a esa fechaEse exceso admitido será recalculado diariamente, reduciéndose en la diferencia negativa que registre la posición en Letras del Tesoro Nacional en dólares de la entidad entre el día de cómputo de la PGN de moneda extranjera y la verificada a dicha fecha. El exceso resultante de ese recálculo no podrá ser incrementado en los días posteriores, hasta su regularización total.