En línea con la Comunicación ‘A’ 5982, que dispuso la implementación del canal denominado Plataforma de Pagos Móviles (PPM), la Comisión Interbancaria de Medios de Pago de la República Argentina (CIMPRA) señala que mediante la Comunicación ‘A’ 6669 se estableció que, a partir del 01/07/19, se deberá incluir la descripción ‘Pago PEI’ o ‘Compra PEI’, según corresponda, seguido del nombre del titular de la cuenta a acreditar y, para las devoluciones que se practiquen, se deberá incluir la descripción ‘Devolución PEI’ seguido del nombre del titular de la cuenta acreditada oportunamente. Esto es para las operaciones realizadas a través del canal PPM. Complementando lo dispuesto por la última comunicación citada, se ha resuelto que a los fines de incluir la descripción ‘Pago PEI’, ‘Compra PEI’ o ‘Devolución PEI’, las entidades financieras utilizarán los servicios provistos por las Redes de Transferencia Electrónica de Fondos o procesadoras, e identificarán la descripción que corresponda a través de los campos de concepto de las operaciones, cuando estos contengan el valor PCT para ‘Pago PEI’, CCT para ‘Compra PEI’ y DCT para ‘Devolución PEI’.