La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende hasta el 01/04/19 el plazo para cumplir con el nuevo régimen de información a cargo de las entidades financieras, los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores (CNV) y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión, respecto de las operaciones efectuadas por sus clientes personas humanas y sucesiones indivisas por las que paguen o pongan a disposición de éstos últimos, durante el año calendario 2018, intereses o rendimientos que puedan estar alcanzados por el nuevo impuesto cedular -con alícuotas diferenciales- sobre los rendimientos producto de la colocación del capital en valores y los intereses de depósitos a plazo (implementado por la RG AFIP 4394/2019). La presente medida responde a los planteos efectuados por algunos sujetos obligados al régimen, respecto a ciertos inconvenientes en la recopilación de la información a suministrar para la fecha límite fijada inicialmente, que era hasta el 15/03/19 inclusive.