Resolución Conjunta de las Secretarias de Finanzas y Hacienda 27/2018

Las secretarías de Finanzas y Hacienda disponen la emisión de Letras del Tesoro en Pesos a ser suscriptas a la par por el Fondo Fiduciario de Refinanciación Hipotecaria (FFRH). Se colocarán por suscripción directa, en el marco de lo establecido en las normas de procedimiento aprobadas mediante laRes Finanzas 162-E/ 2017.  Devengarán intereses semestrales a la tasa BADLAR para bancos públicos, la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de más de $1 millón -BADLAR promedio bancos públicos- calculado considerando las tasas publicadas durante el período por el BCRA desde 10 días hábiles antes de la fecha de emisión hasta 10 días hábiles antes del vencimiento o de su cancelación anticipada.  El emisor podrá disponer la cancelación anticipada de las Letras del Tesoro en forma total o parcial a partir del 05/12/18.