B 11765

Dado que por la Res INDEC 47/2018 se dispuso la organización y realización del Censo Nacional Agropecuario (relevamiento que se ejecutará en todo el territorio nacional), el BCRA dispone que, a partir del 15/12/18 y por el término de 12 meses, deberán exigir la presentación del ‘Certificado de Cumplimiento Censal’ ­que acredita el cumplimiento de la declaración censal­ como requisito previo a la conformación de cualquier trámite. La falta de dicha documentación impedirá la prosecución del respectivo trámite.