Resolución General de la Inspección General de Justicia 6/2018

Por la presente, se realizan amplios y profundos cambios en la Resolución General IGJ 7/2015, la cual constituye el marco normativo y establece los requisitos para laspresentaciones ante la Inspección General de Justicia, incluyendo los recaudos para los trámites relacionados con las sociedades constituidas en el extranjero. Entre otras modificaciones -que incluyen la sustitución de 19 artículos y la derogación de 18 de artículos y ciertos apartados-, se busca agilizar los procedimientos administrativos, por ejemplo respecto a la naturaleza de las sociedades de origen extranjero, diferenciando a aquellas que desarrollan un ejercicio habitual de los actos comprendidos en su objeto, las que realizan actos aislados, o las que sólo pretenden formar parte de una sociedad nacional. Las adecuaciones apuntan asimismo a alinear la regulación a las pautas de ‘Buenas Prácticas en materia de simplificación’ aplicables al funcionamiento del Sector Público Nacional, aprobadas el año pasado por el Decreto 891/2017. Estas modificaciones, que como se dijo tienen como objeto la simplificación y facilitación de trámites y procesos, serán de aplicación a los trámites que se inicien como asimismo a los que se encuentren en curso a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución (30/8/18).