Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 1153

FCIA para inversores calificados con inversiones en activos del exterior. Suspensión transitoria. Constitución de nuevos FCIA y nuevas suscripciones.
Suspenden la aprobación de nuevos FCIA bajo el artículo 7 bis de la Ley de Fondos Comunes de Inversión que prevean en su reglamento de gestión la inversión en activos emitidos y negociados en el exterior en un porcentaje mayor al 25% de su patrimonio neto y la suscripción de nuevas cuotapartes de los ya existentes. Además, suspenden las reformas de reglamentos de gestión de FCIA previstas en los artículos 75 y 75 BIS de la Sección VI del Capítulo II del Título V que tengan por objetivo que el FCIA cumpla con las condiciones indicadas en el artículo 27 de esa Sección.