A’ 8397

Circular REMON 1-1148: Efectivo Mínimo. Adecuaciones.
El Banco Cental presenta nuevos ajustes al texto ordenado sobre Efectivo Mínimo.

Con vigencia para las operaciones que se formalicen desde el 6 de febrero:
• Sustituyen los puntos 1.3.6. y 1.1.2.3. 
• Dejan sin efecto el punto 1.4.1.4.

Con vigencia a partir de la posición de febrero de 2026:
• Admiten para la integración de la exigencia del efectivo mínimo en pesos la posibilidad de traslado prevista en el punto 1.7., la que no podrá ser superior al 5% de esa exigencia y deberá compensarse totalmente en la posición del mes siguiente.
• Derogan el punto 3. de la comunicación ‘A’ 8302.