Criterio Interpretativo CNV 100

PSAV Personas Jurídicas Extranjeras – Tasa de fiscalización y control 2025
La CNV realiza aclaraciones sobre lo dispuesto respecto a la Tasa de fiscalización y control 2025 que deben abonar las PSAV Personas Jurídicas Extranjeras. Las sociedades constituidas en el extranjero que se encuentren inscriptas en el Registro de PSAV al 15 de octubre de 2025 deberán abonar la tasa de fiscalización y control correspondiente al ejercicio 2025 entre los días 3 y 7 de noviembre de 2025, ambos inclusive. Cuando la sociedad extranjera inscripta como PSAV opte por desarrollar la actividad a través de una sociedad constituida en el país, y esta última se inscriba en el Registro con posterioridad al 15 de octubre, no corresponderá exigir nuevamente el pago de la tasa anual 2025 a la sociedad local. En tal supuesto, el pago efectuado por la PSAV extranjera se considerará válidamente extensivo a la sociedad local continuadora de la actividad, al solo efecto del ejercicio 2025.