Modificación normativa de activos elegibles (anexo I del capítulo I del título VI de las NORMAS N.T. 2013 Y MOD.) |
La CNV actualiza los activos elegibles susceptibles de conformar el Fondo de Garantía III y las contrapartidas líquidas, conforme los requerimientos de los regímenes informativos que resultan de aplicación a ciertas entidades alcanzadas por los requisitos de constitución de garantías y conservación de liquidez. Asimismo, entre otras cuestiones, incorpora ciertas disposiciones normativas orientadas a reglamentar el proceso de recomposición patrimonial aplicables a los Agentes inscriptos en la categoría de Asesor Global de Inversión. Por último, y tal como se destaca en un parte de prensa del organismo, a fin de facilitar la adecuación de los sujetos alcanzados, la RG establece diferentes cronogramas: – para el patrimonio neto mínimo aplicable a mercados y Cámaras hasta el 31 de diciembre del 2025; – para los activos elegibles de contrapartida líquida y el fondo de garantía III, hasta el 30 de septiembre del 2025; y – para el activo elegible ‘Acciones de los Mercados autorizados por CNV’, hasta el 31 de diciembre del 2025. |