Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 1003

Modificación Negociación Cheques de pago diferido y Pagarés
El Directorio de la CNV aprobó la normativa que implementa la posibilidad de que los instrumentos emitidos en dólares para su pago en dicha moneda (cláusula de pago efectivo en moneda extranjera) coticen. En la presente, realizan ciertas readecuaciones al régimen actual de oferta pública y negociación secundaria de los pagarés, principalmente con la finalidad de: – Incorporar a la reglamentación que, en caso de que el pagaré sea emitido en moneda extranjera, el librador pueda disponer que su pago deba efectuarse en una moneda determinada (cláusula de pago en efectivo en moneda extranjera); – Actualizar el monto mínimo por el cual podrán ser emitidos; y  – Dejar sin efecto la exigencia de fijar un plazo máximo para su vencimiento. Además, contemplan en la reglamentación la posibilidad de que, en determinados supuestos específicos y con sujeción a ciertos requisitos y condiciones, tanto los pagarés como los cheques de pago diferido negociados en Mercados registrados ante la CNV puedan ser objeto de transferencias emisoras desde la subcuenta comitente del respectivo adquirente hacia otra subcuenta comitente receptora con distinta titularidad.