Resolución de la UIF 71/2024

Registros Automotor y Registros Prendarios. Sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro. Modificaciones
En línea con el cumplimiento de los éstandares internacionales de las normas de prevención de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FP), la UIF continúa con la modificación de la normativa que impacta a los sujetos obligados. En esta oportunidad, se actualizan los umbrales previstos en los artículos 16 y 26 de la Resolución UIF N° 127/2012 y modificatorias, 11 inciso b) de la Resolución UIF N° 489/2013 y modificatorias, y 38 de la Resolución UIF N° 169/2023 y modificatorias.  Es por ello que, el monto anual establecido en el artículo relativo a la determinación del Perfil del cliente pasa a ser de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000,00). Respecto de los Reportes Sistemáticos, los valores ascienden a: 1) Cesión y/o reinscripción y/o cancelación anticipada de prendas en automotores con valuación superior a PESOS VEINTISÉIS MILLONES ($26.000.000).2) Adquisición de automotores por un monto superior a PESOS VEINTISÉIS MILLONES ($26.000.000). Por último, se modifican los siguientes montos: ‘a) Precancelación de operaciones por un valor igual o superior a PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000,00.-)‘.’c) Cambio de beneficiarios y/o cesiones de planes por un valor igual o superior PESOS VEINTITRÉS MILLONES ($ 23.000.000,00.-)‘.