Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 1000

Plazo de Liquidación Contado Normal (T+1)
En línea con la nueva reglamentación dictada por la Securities and Exchange Commission (SEC), en Estados Unidos, que modificó el plazo de liquidación normal o estándar de las operaciones con valores negociables de 48 horas (T+2) a  24 horas (T+1), salvo acuerdo expreso en contrario de las partes al momento de concertar la correspondiente operación, la CNV ajusta su marco normativo con relación a los plazos de liquidación para las operaciones de contado. Las modificaciones se orientan a fijar el plazo de contado normal en T+1 para las operaciones con valores negociables de renta variable y/o fija, y a mantener el plazo de contado normal en T+2 únicamente respecto de las operaciones con valores negociables de renta fija y en la medida que los mercados y las cámaras compensadoras no hubieran optado por discontinuar dicho plazo. Está prevista que la implementación del nuevo plazo de liquidación dispuesto por la SEC ocurra simultáneamente en nuestro país y en Norteamérica.  Será a partir del 28 de mayo de 2024. Los Mercados y las Cámaras Compensadoras deberán adecuar sus reglamentaciones y presentar las mismas, a la previa aprobación de la CNV, antes del 17 de mayo de 2024.