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Circular OPASI 2-709: Depósitos e inversiones a plazo. Adecuaciones.
Según lo establecido por el Directorio del Banco Central, se modifican las tasas de las siguientes imposiciones quedando las siguientes:  • Depósitos a plazo fijo de personas humanas: 110% TNA. • Depósitos a plazo fijo no comprendido en el punto anterior: 110% TNA. • Depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo (‘UVA’)’: será la que libremente se convenga.