Decreto 682/2022

Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública. Decreto Nº 99/2019. Modificación.
Incorporan en el Título III del Decreto Nº 99/2019 y sus modificaciones, el artículo 13 bis con la finalidad de incluir dentro del ámbito de imposición del ‘Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)’ a las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera, efectuadas por residentes en el país, para el pago de obligaciones por: i) la adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye enseñanza educativa) y ii) la importación de los bienes suntuarios incluidos en las posiciones arancelarias de la N.C.M. que se detallan en la norma. Aclaran que lo dispuesto en la presente medida no modifica de manera alguna el tratamiento actual de los servicios digitales, que incluye la descarga de series, películas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a Internet y la difusión de música, películas o cualquier contenido digital a través de tecnología de transmisión de datos (streaming), entre otros. La presente medida comienza a regir el día de su publicación en el Boletín Oficial, surtiendo efectos para las operaciones concertadas a partir de esa fecha.