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El Banco Central comunica las modificaciones efectuadas en la exposición del resultado monetario generado por aplicación del procedimiento de reexpresión de estados financieros. En este sentido, el resultado monetario devengado respecto de partidas de naturaleza monetaria que se encuentren medidas a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales (ORI), se deberá registrar en las cuentas previstas correspondientes a resultados del período (620000). En consecuencia, se deberán ajustar los resultados no asignados con imputación en la cuenta 450006 ‘Ajustes de resultados de ejercicios anteriores’ al inicio del período 2021, a fin de incorporar los resultados monetarios que se encontraran contabilizados en el ORI acumulado de las mencionadas partidas a dicha fecha. Asimismo, la información comparativa a integrar en los Estados Financieros para Publicación Trimestral/ Anual correspondientes al ejercicio 2021 –intermedios y anual- deberá contemplar el criterio de exposición establecido en la presente respecto de las partidas involucradas de cada uno de los estados.