Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 873

La Comisión Nacional de Valores, simplifica la presentación de la información financiera y modifica las disposiciones del Régimen Informativo periódico que deben cumplir las entidades que hacen oferta pública de sus valores negociables, para contribuir a reducir la carga administrativa de las emisoras.  Basado en el proyecto difundido en la Resolución General CNV N° 820, entre las modificaciones se destacan las siguientes:  • Se les permite a las entidades optar por reemplazar la presentación de los estados financieros de sociedades sobre las que la emisora ejerce control, control conjunto o influencia significativa, utilizados para consolidar los estados financieros trimestrales, por la revelación de la información de dichas entidades en notas a los estados financieros, debiendo en tal caso la sociedad emisora poner a disposición los estados contables mencionados en caso de ser requeridos por el público.  • A los efectos de no duplicar la información suministrada por las entidades que aplican las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), aquellas podrán remitir la información requerida a través de las notas a los estados financieros o de acuerdo a los modelos de anexos de estados contables previstos.  • Se elimina la obligatoriedad de presentación de los estados contables trimestrales para estos Fondos Comunes de Inversión abiertos, aunque se mantiene la obligatoriedad del envío de estados contables anuales, junto con el correspondiente informe de auditor en el cual este se expida respecto de la razonabilidad de la situación patrimonial del Fondo del que se trate, así como sus resultados, la evolución de su patrimonio neto y el flujo de efectivo correspondiente.