Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4843/2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos decidió, nuevamente, prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2020 el plazo para que aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMEs y presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social, puedan utilizar la garantía ‘Declaración jurada del exportador’ (apartado II del Anexo II de la Resolución General Nº 3.885 y sus modificatorias).