Resolución General de la Comisión Arbitral 14/2020

La Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18/8/77 resolvió hacer extensiva la obligatoriedad de sistema de pago electrónico a la totalidad de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, dado que según argumentan esta modalidad facilitó el cumplimiento de las obligaciones fiscales.  Será de carácter obligatorio a partir del 1° de enero de 2021. Los contribuyentes podrán efectuar la consulta de los pagos realizados y la impresión de los Volantes Electrónicos de Pago (VEP) generados, a través de la página WEB de la AFIP con la utilización de su clave fiscal ingresando a ‘Servicio de presentación de declaraciones juradas y pagos’. En forma paralela, modifican el Anexo I de la Resolución General N.° 5/2009, en el cual consta el detalle del procedimiento para la generación del VEP.