‘A’ 7126

El BCRA comunicó que aquellos funcionarios públicos nacionales a partir del rango de Subsecretario de Estado (o rango equivalente), como así también a los miembros de los directorios de los bancos públicos nacionales y el BCRA necesitarán su conformidad para acceder al mercado de cambios cuando se trate de compra de moneda extranjera para la formación de activos externos, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados. Además, decidió implementar la Resolución Conjunta de la Presidenta del Honorable Senado de la Nación y del Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación nro. 12/20, una vez que la misma sea ratificada por la Honorable Cámara de Senadores y Senadoras de la Nación y la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.   Esta resolución solicita al Banco Central que se incluya dentro de los clientes de las entidades financieras que no pueden acceder a la compra de moneda extranjera en los términos previstos en la comunicaciones  ‘A’ 7105 y 7106 a los Diputados y Diputadas Nacionales y a los Senadores y Senadoras Nacionales y a las autoridades de ambas Cámaras, hasta el rango de Director General y Subdirector General, inclusive, del Honorable Congreso de la Nación.