‘A’ 7116

El BCRA adecúa el R.I. Deudores del Sistema Financiero en virtud de la suspensión hasta fin de año de la aplicación de los puntos 6.6. y 7.3. de las normas sobre ‘Clasificación de deudores’ y de la implementación de la nueva clasificación de las entidades (Grupos ‘A’, ‘B’ y ‘C’), medidas que fueron difundidas por las comunicaciones ‘A’ 7107 y ‘A’ 7108
La vigencia de estos cambios corren a partir de las informaciones a octubre 2020.