El Banco Central comunica que las entidades del sistema financiero deberán otorgar los ‘Créditos a Tasa Subsidiada’ a todas las empresas que lo soliciten, siempre que estén comprendidas en el listado de beneficiarios que dé a conocer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Los fondos deberán ser acreditados directamente en las cuentas sueldo de los trabajadores en un plazo de hasta 5 días hábiles desde el momento en que la solicitud sea recibida. La tasa de interés se determinará en función de la variación interanual en la facturación de la empresa con relación al mismo período del año anterior. Además, deberán otorgar ‘Créditos a Tasa Cero Cultura’. La AFIP dará a conocer el listado de beneficiarios elegibles, el monto y la entidad en la que se deberá dar curso. |