Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 834

En el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio la Comisión Nacional de Valores resuelve extender el plazo de presentación de los estados contables anuales.

 

En ese sentido, establece que, los Estados Contables correspondientes a períodos anuales con cierre el 31 de enero de 2020, el 29 de febrero de 2020 y el 31 de marzo de 2020, e intermedios con cierre el 29 de febrero de 2020 y el 31 de marzo de 2020, deberán ser presentados en los siguientes plazos:

 

-Para los períodos intermedios, dentro de los SETENTA (70) días corridos de cerrado el mismo.

 

-Para los ejercicios anuales, dentro de los NOVENTA (90) días corridos de finalizado el mismo