‘A’ 6977

El BCRA comunica que desde el 20 de abril de 2020 las empresas de cobranzas extrabancarias podrán realizar la atención al público, siempre que: a. Garanticen el cumplimiento del Protocolo de atención y salubridad y Comunicación interna al personal de atención que se incluye en esta comunicaciónb. Adopten las medidas y controles dispuestas por las autoridades jurisdiccionales.c. Establezcan un mecanismo para evitar la aglomeración de clientes, como ser la asignación de turnos, la atención por documento de identidad u otro criterio.