Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4680/2020

 
Una vez más se extiende, con carácter excepcional, la fecha para presentar la información que deba suministrarse en virtud de las disposiciones de la Resolución General N° 1.122, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 31 de julio de 2019, la misma será entre los días 20 y 24 de abril de 2020.